Comparecen a la celebración de este convenio, el doctor César Montaño Galarza, Rector de la Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador y que se le podrá denominar en adelante la Universidad; y por otra parte la doctora Elisa Lanas Medina, Presidenta del Instituto Ecuatoriano de Derecho Laboral a la que podrá en adelante denominarse IEDL; quienes a nombre de las instituciones que representan, celebran el presente Convenio de Cooperación Interinstitucional que se detalla en las siguientes cláusulas:
PRIMERA.- ANTECEDENTES
1.1. La UASB-E es un organismo de derecho público internacional, que forma parte del Sistema Andino de Integración y sus actividades cubren todos los países de la Comunidad Andina. Como centro de excelencia, se dedica a la investigación, la enseñanza y la prestación de servicios, especialmente para la producción e intercambio de conocimientos científicos y tecnológicos, así como coadyuvar a la realización y al fortalecimiento de los principios de la Comunidad Andina. Tiene como misión crear y difundir el conocimiento científico tecnológico, arte y cultura, formar profesionales, investigadores y técnicos críticos de nivel superior y crear espacios para el análisis y solución de los problemas nacionales.
1.2. El IEDL es una organización de derecho privado sin fines de lucro, con patrimonio propio, administración autónoma, capacidad legal para ejercer derechos y contraer obligaciones, que busca promover el conocimiento, desarrollo, investigación y diálogo de las normas relacionadas al Derecho Laboral, encaminadas a conseguir la formación de profesionales en esta rama del derecho.
SEGUNDA.- CONVENIO
Con los antecedentes expuestos, las partes suscriben el presente Convenio Marco de Cooperación Institucional para el establecimiento y desarrollo de proyectos, actividades y programas educativos y de colaboración en las áreas de interés mutuo, los cuales se llevarán a ejecución a través de los mecanismos que a continuación se describen, en los que se procurará aprovechar al máximo del recurso humano, de la infraestructura y del equipo con que cuentan cada una de las partes.
a.- Elaboración de proyectos de investigación conjunta.
b.- Realización de talleres, seminarios y demás eventos académicos.
c.- Ejecución de trabajos específicos de investigación científica y de enseñanza.
d.- Intercambio de tesis, material didáctico, trabajos de investigación y publicaciones científicas.
e.- Implementación de prácticas.
Los programas de investigación, los proyectos de ejecución y en general la realización de todo evento, serán elaborados, desarrollados, dirigidos, supervisados y evaluados por el Comité Coordinador descrito en la cláusula tercera.
Sin embargo, se conviene que los detalles y términos para el desarrollo específico de cada una de las actividades, programas y proyectos de cooperación, tales como, los objetivos, la forma de cooperación, la duración y demás aspectos inherentes a ellos serán objeto de acuerdos particulares previos, los cuales constarán por escrito y serán sometidos a las instancias de aprobación correspondientes en cada institución.
TERCERA.- COORDINACIÓN
Con el fin de impulsar la ejecución del presente convenio las partes constituyen el Comité Coordinador del Convenio, integrado por:
POR la Universidad
– Responsable: Elisa Lanas Medina
– Cargo: Docente
– Dirección: Toledo N22-80
– Teléfono: 0991914464
– Correo electrónico: elisa.lanas@uasbs.edu.ec
POR El IEDL
– Responsable: Doris Avila Molina
– Cargo: Vicepresidenta
– Dirección: Av. República E7-55, Edificio Torre República, oficina 502, Quito.
– Teléfono: 0990663017
– Correo electrónico: info@iedl.org.ec
CUARTA.- COSTOS
Las erogaciones que demande el cumplimiento del presente convenio serán acordadas por las partes para cada caso en particular y quedarán consignadas en acuerdos específicos. En el caso de que los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades del convenio no pudieran ser aportados totalmente por las partes, éstas buscarán la obtención de tales recursos, en forma conjunta o separada, entre otras instituciones y dependencias gubernamentales o privadas, nacionales y extranjeras.
QUINTA.- DURACIÓN
El plazo de duración de este Convenio es de dos años (24 meses) contados a partir de la fecha de su suscripción, y se renovará previo acuerdo entre las partes, con al menos treinta días de anticipación al cumplimiento del plazo de vigencia, para culminar con las actividades que se encuentren en ejecución.
SEXTA.- CONTROVERSIAS
6.1. Las partes convienen que el presente convenio será cumplido de buena fe entre ellas y que cualquier controversia tratará de ser resuelta con el mismo espíritu que les motivó y de mutuo acuerdo.
6.2. Caso contrario, de persistir las diferencias, y en vista de que la Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador, forma parte del Sistema Andino de Integración (SAI), las partes suscribientes se sujetarán al órgano jurisdiccional de la Comunidad Andina,
que es el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, conforme a lo previsto en el Acuerdo de Integración Subregional (Acuerdo de Cartagena), Decisión 563, publicada en el Registro Oficial 163 de 5 de septiembre de 2003.
SÉPTIMA.- MODIFICATORIA
El presente Convenio podrá ser modificado de común acuerdo entre las partes. La modificación deberá contar por escrito.
Para constancia suscriben este Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional, en tres ejemplares del mismo tenor, en la ciudad de Quito a los 22 días del mes de mayo de 2023.