El 28 de diciembre de 2022, el Ministerio del Trabajo emitió el Acuerdo Ministerial 241-2022 con las Directrices para el desarrollo, implementación y uso de medios y servicios electrónicos en la sede electrónica del Ministerio del Trabajo.
Obligaciones de empleadores:
- El empleador deberá registrar y/o actualizar la información, en el Sistema Único del Trabajo – SUT mediante la aceptación del acuerdo de responsabilidad por el uso de medios y servicios electrónicos con la correspondiente declaración de la información. Es decir, debe cargar dos anexos.
Tipos de actualizaciones:
- Cuando el empleador, por primera vez registra sus datos en el SUT.
- Actualización de información por cambios de datos del empleador.
El cambio de información del representante legal debe ser actualizado en el SUT en un término máximo de diez días.
- Al acceder al SUT, el empleador deberá verificar o actualizar la información que se despliegue en ventana emergente.
- Los empleadores deberán realizar una actualización de datos periódica, una vez al año, según el siguiente cronograma:
Noveno dígito de la cédula o RUC | Mes de ingreso de la información |
1-2 | Abril |
3-4 | Mayo |
5-6 | Junio |
7-8 | Julio |
9-0 | Agosto |
- Certificado electrónico: El Ministerio del Trabajo emitirá un certificado electrónico de registro de generación automática que contendrá la información actualizada con el detalle de día y hora de actualización y la firma de responsabilidad del Subsecretario del Trabajo.
Elaborado por: Carla Cisneros Burbano
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